Nos dirigimos a una organización empresarial caracterizada por el «modelo de la quíntuple cuenta de resultados: económico-financiera, gobernanza y la ética, sostenibilidad y mediambiente y talento y sociedad». Así, dibujaba Jorge Cachinero, profesor del IE Business School en su artículo ‘Servicios profesionales y futuro’ el presente y devenir de los servicios profesionales. Fruto de este resurgimiento de los modelos de negocio, el concepto de emprendimiento se ha convertido en los últimos meses en una palabra más común y como adalid de una recuperación que no acaba de llegar. ¿Pero cómo enfocar ese emprendimiento para que sea viable y sostenible? La economía social ofrece una respuesta a los profesionales y se constituye como una estrategia empresarial con unos valores concretos recogidos en la propia legislación del sector, Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. ¿Qué valores son estos? El básico: el compromiso social por encima del capital.
- ¿Qué es la economía social y por qué encaja con las profesiones?
La economía social es ya una realidad en nuestra sociedad cuyo ritmo de crecimiento está siendo notable. Según la Confederación Empresarial Española de la Economía Social (CEPES), este sector supone un 10% del PIB y un 10% del empleo entre directo y vinculado. Pero, además, es un modelo dirigido especialmente a cooperativas, mutualidades, asociaciones, fundaciones, que en los últimos años han experimentado cierto auge debido a las fallas y desconfianza en la gestión de otros modelos empresariales.
La motivación de esta expansión encuentra una pista en la definición de economía social que establece su propia ley. Según el artículo 2, «se denomina economía social al conjunto de las actividades económicas y empresariales, que en el ámbito privado llevan a cabo aquellas entidades que, de conformidad con los principios recogidos en el artículo 4, persiguen bien el interés colectivo de sus integrantes, bien el interés general económico o social, o ambos».
Pero esta definición de carácter jurídico se completa con los principios de la Economía Social, expuestos en el artículo 4 de la citada ley:
- Primacía de las personas y del fin social sobre el capital. Donde se destaca la gestión transparente, democrática y participativa que debe vertebrar estas organizaciones.
- Aplicación de los resultados obtenidos de la actividad económica. Es decir, reparto equitativo y social de los beneficios en función del trabajo aportado.
- Promoción de la solidaridad interna y con la sociedad. Favorecer el desarrollo local, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, cohesión social, etc.
- Independencia respecto a los poderes públicos.
Hablamos de unos principios en sintonía con la sociedad civil, que proveen y cubren unos espacios del mercado que hasta ahora se habían focalizado de manera esencial en la obtención y maximización de beneficios, dejando en un plano secundario las consideraciones y compromisos sociales que deberían ser inherentes al comportamiento económico.
- Las profesiones en la economía social
En este sentido, el sector de la economía social no es ajeno al ámbito colegial. Las mutualidades fundadas por las organizaciones profesionales son pioneras en este modelo de gestión. Así, la Mutualidad General de la Abogacía, Premaat (mutualidad de los aparejadores y arquitectos técnicos), las mutualidades de los médicos, procuradores o los peritos e ingenieros técnicos industriales son algunos de los ejemplos que posicionan al subsector de las profesiones en un lugar destacado en la promoción y difusión de la economía social.
Por tanto, los profesionales, que están demostrando un mayor impulso hacia el autoempleo como así indicaban las últimas estadísticas de marzo de afiliación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, tienen ante sí, un sector como la Economía Social con el cual comparten valores de solidaridad, cooperación, independencia, compromiso social o la subordinación del capital económico al capital humano y, por ende, bienestar social.
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