miércoles, 15 de enero de 2014

La conducta de los datos: la percepción social, factor de decisión de política económica

¿Por qué liberalizar como premisa? ¿Es siempre necesario? José Moisés Martín, economista especializado en ámbito internacional, sostiene que es imprescindible analizar «caso por caso» siendo el objetivo que «el resultado se mida en términos del bienestar social que generan, bajo los criterios de eficiencia pero también de equidad y justicia social». Pero ¿como medirlo? Dominic Barton, director de McKinsey & Company, manifestaba hace pocos días que «la capacidad de capturar, organizar, sacar conclusiones y realizar transacciones con datos se ha convertido en una competencia fundamental en todos los sectores de la economía». De esta forma, ¿es posible extraer en datos sobre la percepción de los ciudadanos en una economía sobre un determinado asunto? La respuesta se encuentra en la economía conductual y es aplicable al subsector de servicios profesionales. 

Tener en cuenta la inteligencia colectiva es uno de los objetivos esenciales de la economía conductual hoy, permitiendo así, que la percepción ciudadana sea un claro factor más de decisión a la hora de acometer reformas o valorar circunstancias sociales. Expertos como John Coates en ‘La biología de la toma de riesgos’ (Anagrama 2013) refuerzan la idea de enfocar más la economía hacia el estudio de la conducta de los operadores. Tal y como puntualiza Philip Tetlock, economista conductual  y fundador del novedoso proyecto ‘The Good Judgement Project’ en EE.UU. -cuyo lema es el ‘El aprovechamiento de la sabiduría de las masas para pronosticar eventos mundiales’-, el objetivo no es otro que mejorar la información de la que disponen los legisladores estadounidenses por medio de las predicciones y evaluación de los usuarios sobre determinados asuntos

¿Sería posible aplicar iniciativas de enfoque económico-conductual en las cuales, los ciudadanos estimaran ex ante el efecto de determinadas reformas estructurales sobre nuestra economía? ¿Cuál sería el resultado de este proyecto en España respecto a la aplicación de la Ley de Servicios y Colegios Profesionales? Sabemos, por diferentes estudios, que los servicios profesionales son bienes de confianza (credence goods); es decir, que los clientes y pacientes no pueden discernir con claridad la calidad obtenida ex ante, durante o ex post. Por tanto, ¿cuál sería el resultado de la disyuntiva entre precio y calidad? ¿Y entre confianza en la elección del profesional frente a libertad de elección con menor seguridad?...

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